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¿En qué consiste la “amnistía” en Prevención de Lavado de Dinero?
Hacemos de su conocimiento que el pasado 28 de Diciembre de 2018 fue publicado el decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019, en dicho decreto se establece la posibilidad de que los sujetos obligados en términos de la Ley Federal para Prevenir e Identificar Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) puedan en términos del artículo Décimo Cuarto Transitorio someter a autorización del Sistema de Administración Tributaria (SAT) programas de autoregularización a las obligaciones previstas en la (LFPIORPI).
El SAT cuenta con 60 días contados a partir del 1º de enero de 2019 para emitir las Reglas de Carácter General aplicables al proceso de auto regularización.
¿Qué ventajas tiene el hacer un programa de auto regularización?
El decreto de la Ley de Ingresos de la Federación señala que no procederá la imposición de sanciones e inclusive podrá condonar multas respecto del periodo de incumplimiento que ampare el programa de auto regularización.
Es de destacar que las sanciones por incumplimiento a las obligaciones que señala la LFPIORPI pueden llegar hasta las 65,000 UMA o el 100% del valor del acto u operación.
¿Quiénes son los sujetos obligados según la LFPIORPI?
Aquellos que realizan de manera habitual o profesional actividades vulnerables consideradas por la LFPIORPI y son:
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¿Qué necesito para someter a autorización el programa de Auto regularización?
Estar al corriente en sus obligaciones del 2019 (Alta, presentación de avisos o informes a más tardar el 17 de febrero de 2019).
Tener claramente identificadas los errores u omisiones en que ha incurrido del 2013 al 2018 para lo cual se recomienda una auditoría desde un enfoque basado en riesgos.
Servicios que ofrecemos en Kreston BSG
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Por

Cynthia Escoffie
Socia de Auditoría en Materia de Prevención de Lavado de Dinero y
Financiamiento al Terrorismo
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