El pasado 27 de diciembre de 2022, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), previamente aprobada por el Senado de la República el 3 de noviembre de 2022.
Esta reforma modifica el artículo 76, incrementando los días de vacaciones de 6 a 12 en el primer año de servicios, aumentando progresivamente en 2 días laborables hasta llegar a 20 días de vacaciones por cada año subsecuente de servicios. A partir del sexto año, el período de vacaciones aumentará 2 días por cada 5 años de servicio.

Art. 78 LFT: Del total del período que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho período, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.
Nota: El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero 2023.
Cordialmente,
Área de Seguridad Social de Kreston BSG® México
Autor: C.P. Uriel Noé López Meza de sede Puebla
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