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La primera mitad del año 2020 definitivamente ha significado grandes retos para México y el mundo, esto derivado de la pandemia generada por el Covid-19 que ha afectado a distintos sectores de la población.
Sin embargo, esta no es la primera vez que nuestro país y el mundo se enfrentan a una pandemia, recordemos que en el año 2009 el virus de la influenza A (H1N1), afectó a miles de personas, especialmente a niños, jóvenes y adultos de mediana edad, pues según datos de la Organización Mundial de la Salud, se estima que entre el 0 y el 0.01 por ciento de la población mundial falleció a causa de complicaciones respiratorias asociadas a infecciones por el virus (H1N1) durante los 12 primeros meses que circuló el virus.
Dado que dicha la pandemia producida por el virus de la influenza A (H1N1), produjo afectaciones importantes en el sector productivo de México, es que en el año 2012 se reformaron diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, esto con la finalidad de contar con mecanismos que permitieran a las autoridades laborales, así como a la población laboralmente activa, afrontar de manera eficaz y oportuna futuras contingencias sanitarias.
Las reformas de 2012 a la Ley Federal del trabajo relativas a las contingencias sanitarias buscaron proteger la seguridad y salud de los trabajadores, sobre todo de los sectores más vulnerables como lo son las mujeres y menores trabajadores. En este orden de ideas, es que se adicionaron a los Títulos QUINTO y QUINTO BIS de dicha Ley, denominados “Trabajo de las Mujeres” y “Trabajo de los Menores”, respectivamente, disposiciones que establecen los siguientes derechos a su favor, en caso de que las autoridades competentes emitan una declaratoria de contingencia sanitaria:
Una vez que el legislador ha previsto los derechos de las mujeres y menores trabajadores, frente a contingencias sanitarias y cualquier situación que ponga en riesgo su salud, ahora nos encontramos ante el inminente retorno a las actividades laborales después haber vivido unos meses con la pandemia de Covid-19, por tal motivo la Secretaría de Salud emitió el “Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas”, mismo que se encuentra publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 29 de mayo de 2020, en el que por supuesto se prevén también diversas consideraciones para proteger a estos grupos vulnerables.
En el “Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas”, se considera dentro de la población en situación de vulnerabilidad, a mujeres embarazadas o lactando, por lo cual les resultan aplicables las siguientes determinaciones:
En conclusión, a pesar de estar viviendo momentos complicados debido al Covid-19, es importante destacar que tanto la Ley Federal del Trabajo como el Acuerdo mencionado precedentemente, protegen los derechos de las mujeres y menores trabajadores, además de buscar garantizar la no discriminación ante situaciones difíciles que pudieran poner en riesgo su salud.
Cordialmente,
Área legal de Kreston BSG® México
Autores
Yrelia Barrón
Abogada Senior, Oficina Querétaro
Atzin Vallejo
Asesor Oficina Querétaro
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